La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó jurisprudencia sobre el artículo 33 de la Ley del Seguro Social derogada, vigente hasta el 30 de junio de 1997, para establecer que el tope de las pensiones es de 10 salarios mínimos y no de 25. Con esto se da un nuevo golpe a los trabajadores mexicanos jubilados y por jubilarse.
El abogado del Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (CILAS) Enrique Martínez, explica como afectará esta decisión tomada por la SCJN al régimen de pensiones, que de por si enfrenta grandes dificultades desde que entró en vigor el sistema de las Administradoras para los Fondos de Retiro (Afores).
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Ahora el abogado nos habla sobre un régimen de excepción en materia de jubilaciones: el de los ministros de la SCJN.










